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domingo, 21 de noviembre de 2010

Suelo y Techo. Un Atraco con Vista.

   D: Miguel A. Navarro Robles titular del Juzgado Nº2 de lo Mercantil de Sevilla ha dado un, de momento, pequeño paso en esto de los justo,la justicia,lo legal y lo éticamente razonable.   Vayamos a los hechos, la asociación de usuarios de banca,AUNSBANC había iniciado procedimiento contra las entidades BBVA,Cajamar y Caixa Galicia, por el supuesto abuso de lo que comunmente se denomina "suelo" en las hipotecas;logicamente el llamado "techo" no parece que los consumidores lo vayan a denunciar.  Lo cierto es que esta practica demasiado extendidada en nuestro país recibio el respaldo del Banco de España el año pasado alegando que sería un verdadero desastre dado la actual crisis económica;lamentablemente estos sinverguenzas del BdE ignoran tanto los 4 millones de parados de nuestro país como los cientos de miles de familias que se quedaran sin su hogar año tras año y,mientras tanto,las hipotecas con este suelo siguen oprimiendo los bolsillos de los consumidores.  Por cierto,el Senado también se alió con las tesis del BdE.  Todo un alarde de estos sociatas de guante blanco.  Ya sabemos del poder de la banca;no ignoramos que mueven demasiados hilos y que a mas de un político lo tienen trincado por los limones,pero suponemos que habrá algun preboste en el Gobierno que le importará tres cominos las cuentas de los bancos.  Y,si no fuese así, al menos le importaría que la justicia y el sentido común se antepusiera a los intereses de una parte,demasiado acostumbrada a vivir a cuenta del engaño.  Porque en el fondo lo que prevalece es esto; nadie niega que los bancos ganen dinero,es mas,casi nos alegramos de los éxitos de nuestros bancos en el exterior,pero no a cualquier precio y sobre todo a costa de engañar y de imponer no solo cuotas abusivas,como el famoso suelo,sino que te obliguen a firmar asumiendo otros "servicios" seguros o tarjetas que el usuario no ha solicitado.
   Es una verdadera verguenza.  Es de un descaro que ya va siendo hora que al menos algún juez tenga las o los limones suficientes para hacer frente a este despropósito.
   Desde aquí aplaudimos a este juez; de momento,como todo en este país,la sentencia no es firme,pero al menos es un primer paso.

viernes, 5 de noviembre de 2010

Dacion,Hipoteca,Crédito.

   En estos tiempos de crisis suena con fuerza alguna palabraja que,hasta entonces, solo algunos juristas utilizan en su diario quehacer; esto acontece con la dacion de pago.   Al formalizar una hipoteca con alguna entidad de crédito,en España, es condicion indispensable no solo hipotecar el bien sino aportar garantías anexas y otros condicionantes,a nuestro entender abusivos,como distintos seguros,fiadores o algun que otro bien que se posea; todo ello a pesar de que,por regla general, nos concederán un supuesto 80% del valor de la vivienda. En otros paises,sobre todo en todo el continente americano,la entrega de la vivienda es suficiente para cancelar el pago pendiente.  Al fin y al cabo,el dinero prestado se ha destinado a la compra de la vivienda.  No entraremos en condiciones particulares pues no es este el caso que nos ocupa y,en caso contrario,es asunto del banco o financiera si hubiese obrado en actos contrarios a la lógica del crédito.
    La dacion es una figura histórica en nuestro ordenamiento jurídico pero poco conocida y a menudo ignorada por nuestros juristas.  Por contra las entidades financieras han ejercido un papel crucial para que aquella situación antes expuesta se dé en nuestro pais dando pie a una sangria de desaucios que no para de crecer.  Según el Consejo General del Poder Judicial computó 51.975 ejecuciones hipotecarias de enero a junio de 2010, lo que hace suponer que la cifra llegará a los 100.000 en diciembre. De hecho, 2009 se cerró con 93.319 solicitudes de embargo, un 59% más que en 2008.  En muchos casos estas familias seguirán siendo deudoras con su banco durante buena parte de su vida...pero sin vivienda.   Un atraco.

viernes, 23 de julio de 2010

Se Vende Piso


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No, no he cambiado de trabajo ni me he vuelto loco. (bueno tal vez un poco;un poco mas de lo que ya estaba,claro). Pero esta es la oferta que podeis encontrar en la dirección arriba mencionada.
Miren vds. el contrato más cercano que conozco es el de matrimonio, que es el único de los bilaterales para cuya resolución (divorcio) está facultada una de las partes. Para el resto de los contratos sinalagmáticos, nuestra legislación establece la nulidad de las cláusulas resolutorias cuyo ejercicio depende de la voluntad de una de las partes.
Parece evidente que la cesión temporal de activos descrita en el anuncio, se hace en fraude de ley, en el plano de la contratación mercantil y probablemente se incida en ilícito criminal si se contempla desde el plano del derecho penal.
"Se propiciará que los bancos usen modelos propios de provisión de insolvencias” Esto lo señaló el Banco de España hace tiempo;algunos lo están tomando al pie de la letra.
Bueno,esperar y ver; sobre todo como se le dá al ingenio para limar los pasivos.