miércoles, 22 de diciembre de 2010

Código Penal.

   Ha entrado en vigor la enésima reforma de nuestro código penal; una reforma que no a gustado nada o muy poco a los de siempre,a esa derecha decimonónica que se atrinchera en unos postulados trasnochados esperando a que todo continue tal cual está.   Pero esto,que parece de perogrullo,deviene de una situación que,con anterioridad,aquellos habían vuelto a criticar.
    Vivimos en un Estado que se ha dejado amilanar por una derecha que basaba la convivencia en unas penas para el delincuente de mas carcel,mas represión,mas pérdida de libertad.  Y esto era así llevado hasta el paroxismo,hasta los extremos mas cicateros.  En este país se ponía entre rejas a todo quisqui.   El que fumaba porros le caían mínimo 3 años de carcel; al que infringía el código de circulación 2 años de carcel y así secula seculorum.  Lo peor del caso es que nuestros representantes políticos,concretamente los del PSOE,habían caido en el tremendismo puesto como cebo por el PP.   No era suficiente con las voces que clamaban por la puesta al dia de otras pautas que se basasen mas en la educación y en programas de reeducación.  No,aquí había imperado el palo tras el palo.  Y así nos fue.  Tenemos las carceles llenas y en los juzgados no dan abasto.   Sentencia tras sentencia cada año vamos acumulando un sinfin de causas que duermen en el cajón de los justos.  Y mientras tanto,aquellas posturas reaccionarias,erre que erre dándole al bombo del catastrofismo y el miedo.  Alzan sus voces por el doquier de la sociedad indicando lo que harían con los delincuentes; claro que cuando alguien de la izquierda se le vá la mano,tipo Felipe Gonzalez y sus adlateres,no dudan en ponerlo a caldo.  Y es que hay X que había que gravárselas a algunos en el culo.
    Bueno algo ha conseguido esta reforma,por ejemplo,ya no iran a la carcel los manteros (que ya es delito que lo fueran mientras otros manteros desde los despachos quedaban al pairo). Otra de las novedades es la supresión de la exigencia, como norma general, de tener cumplida al menos la mitad de la pena para clasificar a un recluso en tercer grado. A partir de ahora ese requisito no es exigible en función de la cuantía de la pena sino del tipo de delito.
   Pleno sentido común,claro que no siempre este sentido fluye con normalidad por los tribunales de esta piel de toro. 
 

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